El objetivo principal de esta convocatoria es fomentar la recuperación de tierras agrícolas abandonadas o en desuso y mejorar las condiciones del cultivo en el ámbito del Parque Agrario del Baix Llobregat. La finalidad de estas ayudas es reforzar la actividad agraria, potenciar la producción agrícola sostenible y mejorar el entorno natural y paisajístico de la zona.
Beneficiarios
Podrán optar a estas subvenciones:
- Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias.
- Cooperativas agrarias y sociedades agrarias de transformación (SAT).
- Otras entidades vinculadas a la actividad agrícola dentro del Parque Agrario de El Baix Llobregat.
Es requisito indispensable que los beneficiarios desarrollen su actividad en el ámbito territorial del Parque Agrario y cumplan los criterios establecidos en la convocatoria.
Actuaciones subvencionables
Las acciones que se podrán financiar mediante estas subvenciones incluyen:
- Recuperación de campos en estado de abandono o infrautilizados.
- Mejora de la fertilidad del suelo y la implementación de prácticas agrícolas sostenibles.
- Adecuación y mejora de sistemas de riego y drenaje para optimizar el uso del agua.
- Acciones de control de plagas y enfermedades mediante métodos ecológicos.
- Instalación de infraestructuras de soporte a la actividad agrícola (cierre, caminos, etc.).
Cuantía y financiación
El presupuesto total destinado a estas ayudas será limitado y se distribuirá en régimen de concurrencia competitiva. El importe máximo de la subvención por beneficiario dependerá del tipo de actuación y del presupuesto disponible.
Criterios de evaluación
Las solicitudes se valorarán según los siguientes criterios:
- Impacto ambiental positivo y mejora biodiversidad.
- Grado de recuperación del terreno agrícola.
- Incorporación de técnicas sostenibles e innovadoras.
- Contribución a la dinamización económica del sector agrario local.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes se podrán presentar a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria y hasta el 30 de abril de 2025.
La documentación necesaria y el procedimiento de tramitación se detallarán en las bases reguladoras, que puede consultar en el siguiente enlace
Resolución
Una vez finalizado el período de presentación, las solicitudes serán valoradas por una comisión técnica. Los beneficiarios tendrán que justificar el uso de los fondos mediante informes y comprobantes de las actuaciones realizadas.